Definición legal

(artículo 34 de la Ley Nº 15.809)

Comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas de limpieza, portería, conducción y transporte de materiales o expedientes, vigilancia, conservación, y otras tareas similares.
 

Criterios complementarios adoptados por la Universidad

  • Actividades habitualmente repetitivas, tendientes en general a servir de apoyo, asegurar o brindar servicios operativos y/o de infraestructura no especializados.
  • Se realizan de acuerdo a procedimientos y/o instrucciones verbales y eventualmente escritas, fáciles de entender y aplicar, que requieren principalmente memoria y atención, pudiendo utilizarse herramientas manuales y máquinas simples, que exijan esfuerzo físico y cierta destreza o habilidad manual en su manejo.
  • Normalmente no requieren estudios específicos previos adicionales a los que se adquieren con propósitos generales.
    En general se aprenden con el entrenamiento y la práctica, en períodos no muy extensos, cuya duración depende de la mayor o menor variedad o cantidad de cosas a aprender.
  • Implican acciones o decisiones de cierta responsabilidad sobre bienes, recursos, personas o actividades de la Institución.

Servicios Generales – F

Carrera intermedia
Servicios auxiliares intermedios
Escolaridad Primaria

Denominaciones y Grados:
- Servicios Generales III, Grado 5
- Servicios Generales II, Grado 6
- Servicios Generales I, Grado 7
- Jefe de Sección, Grado 9
- Director de Departamento, Grado 11

Servicios Generales Calificados- F3

Carrera superior
Servicios auxiliares calificados
Escolaridad primaria

Denominaciones y Grados:
-Servicios Generales Calificados I y II, Grado 7
-Servicios Generales Calificados I, Grado 8
-Jefe de Sección, Grado 9
-Director de Departamento, Grado 11

 

CÓDIGO/CARRERA

F 001 - Servicios Generales

F 301 - Servicios Generales Calificado

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