PARA REALIZAR CUALQUIER TRÁMITE JUBILATORIO DEBE AGENDARSE PREVIAMENTE
SI SOLICITA RECONOCER SERVICIOS QUE NO SE ENCUENTRAN REGISTRADOS EN SU HISTORIA LABORAL DEBERÁ COMPLETAR EL FORMULARIO CRONOLÓGICO DE ACTIVIDADES, DISPONIBLE A CONTINUACIÓN.
- FORMULARIO Domicilios ocupados
- FORMULARIO Cronológico de actividades
- FORMULARIO Nómina de Testigos
- FORMULARIO Cartilla de Imposibilidades Físicas
- FORMULARIO Empresas Abiertas
CAUSAL COMÚN
Hombres y mujeres deben reunir como mínimo 60 años de edad y 30 de trabajo, a medida que aumentan los años de edad y trabajo aumenta el porcentaje que se aplica sobre el básico jubilatorio, el porcentaje mínimo
es 45%.
RECONOCIMIENTO
Se puede realizar reconocimiento de servicios prestados no solamente en Caja Civil sino también de Industria y Comercio y Rurales, pudiendo el titular resolver en el momento de configurar causal jubilatoria si va a solicitar una sola pasividad o varias en caso de aportar a más de una afiliación.
IMPOSIBILIDAD FÍSICA
¿Cuáles son las causales de este tipo de jubilación?
- Definitiva: la otorga la junta Médica del BPS, el monto a pagar es el 65% del básico jubilatorio (promedio de sueldos)
- Subsidio Transitorio: se da por única vez por un período de 3 años desde el cese del cobro, el monto a pagar es el 65% del básico jubilatorio; tiene descuentos de montepío y se cuenta como período trabajado para una futura jubilación. En caso de que el titular cumpla los 60 años de edad durante el cobro del mismo, dicha causal se transformará en definitiva.
¿Cómo se inicia el trámite por imposibilidad física?
Deberá imprimir la cartilla de Imposibilidad Física con la cual debe concurrir a su médico tratante y solicitar copia de la Historia Clínica.
Una vez con los estudios en su poder, concurrir personalmente a la oficina de la Sección Cuentas Personales.
En caso de encontrarse imposibilitado para realizar el trámite en persona se deberá tramitar un poder ante el Banco de Previsión Social (gratuito; en Escribanía del BPS - 1er piso)
Instructivo de trámite a seguir en caso de Sumario por ineptitud.
EDAD AVANZADA
Se configura Causal por Edad Avanzada con un mínimo de 70 años de edad y 15 de trabajo, esta pasividad es compatible con una jubilación, incluyendo jubilaciones de otras Cajas, a saber Caja Profesional, Militar, Bancaria, Notarial o Policial; no se tendrán en cuenta en este caso las pensiones solo en el caso de jubilación por Régimen de Transición en el caso del nuevo Régimen no es compatible con ninguna pasividad.
LEY DE FLEXIBILIZACION N° 18395:
NUEVAS CAUSALES JUBiLATORIAS POR EDAD AVANZADA:
EDAD | SERVICIOS |
69 | 17 |
68 | 19 |
67 | 21 |
66 | 23 |
65 | 25 |
Se podrá solicitar una de estas nuevas causales cuando no se perciba ninguna otra jubilación.
Se podrá acceder a las leyes jubilatorias vigentes ingresando a la web del Banco de Previsión Social: http://www.bps.gub.uy
¿Cómo se tramitan?
Deben concurrir al BPS el titular y apoderado ambos con documento de identidad vigente de lunes a viernes en el horario de 09.15 a 16.00 horas Sector Notarial 1er piso, agendándose previamente en la web del BPS. Dicho poder autoriza a realizar gestiones jubilatorias.
El titular deberá asociar una cuenta bancaria con el sistema de Prestaciones BPS. Dicho trámite se realiza en la institución bancaria de preferencia. En caso de optar por Banco República, se puede realizar a través del sistema eBROU.
- ¿Puedo jubilarme como docente y continuar trabajando en un cargo civil no docente?
SI, es posible - ¿Puedo jubilarme en un cargo civil no docente y continuar trabajando como docente?
SI, es posible.