Estatuto del Funcionario
(Artículo 18)
Destino de los traslados - Los traslados de los funcionarios sólo podrán realizarse para cargos de análoga función y de igual grado jerárquico.
Requisitos para la tramitación
- Nota del interesado solicitando el traslado
- Informe de Sección Personal del cargo en el que revista
- Informe del superior inmediato
- Resolución del Consejo respectivo
Información sobre traslados
En lo que refiere a los traslados, Dirección General de Personal se ocupa de gestionar el proceso una vez que existe acuerdo entre las partes involucradas (funcionario solicitante, servicio origen y servicio destino).
Las solicitudes que se reciben sin acuerdos son difundidas a los Servicios y se incluyen en una base de datos.
Nómina de funcionarios que solicitan traslado
Ver listado de funcionarios del Esc. C - niveles operativos
Ver listado de funcionarios del Esc. C - niveles de conducción
Ver listado de funcionarios del Esc. F - niveles operativos
Ver listado de funcionarios del Esc. F - niveles de conducción
Tipos de movimientos
- Subrogaciones (Ver Normas y Reglamentación sobre Subrogación de Funciones)
- Ascensos (Ver Ordenanza de Ascensos de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República - Ver Ordenanza para el ingreso y ascenso de personas con discapacidad a cargos no docentes de la Universidad de la República)
- Traslados (Ver Estatuto de los Funcionarios Técnicos, Administrativos y de Servicios de la Universidad de la República)
Formulario